jueves, 17 de julio de 2014

Instituciones de la República Romana (III): El tribuno de la plebe

En anteriores entradas ya hablamos de dos de las instituciones más importantes de la República Romana, los Comicios y la Magistraturas. Antes de hablar de la tercera de las instituciones de Roma, el Senado, vamos a hablar de otra institución, el tribuno de la plebe, la institución creada para defender los derechos de los plebeyos frente a la autoridad de los cónsules y el Senado.
La institución de los tribunos de la plebe fue creada el año 494 a.C., quince años después de la expulsión de los reyes y la creación de la República el año 509 a.C.. En estas fechas una serie de enfrentamientos entre los plebeyos, agobiados por la deuda, y las autoridades patricias de la República, llevaron a los plebeyos al borde de una revuelta contra los cónsules. Siguiendo el consejo Lucio Sicinio Veluto, los plabeyos salieron en masa de Roma y acamparon en el Mons Sacer, un monte a las afueras de Roma. Presa del pánico, el Senado envió a Agripa Menenio Lánato, un ex cónsul muy querido por los plebeyos, para negociar el regreso de estos a Roma. Los plebeyos pusieron como condición la creación de un tribunado especial para representar a los plebeyos y protegerlos del poder de los cónsules, además de la creación del Consejo de la plebe. Bajo estas condiciones, los plebeyos regresaron a Roma.

 Retirada de los plebeyos al Mons Sacer (Monte Sacro) para exigir derechos a los patricios

Las funciones y el número de los tribunos de la plebe variaron con el tiempo. Inicialmente eran dos, número igual al de los cónsules cuyo poder tenían que limitar. Posteriormente su  número sería aumentado a cinco, y más tarde a diez. Eran elegidos por el Consejo de la plebe para un mandato de un año, y no podían pertenecer a la clase senatorial. Los tribunos no eran considerados magistrados romanos, ya que en su elección solo participaban los plebeyos y no todo el pueblo romano. Por ello no tenían derecho a la silla curul, ni a los lictores, ni a la toga e insignias de los magistrados.
El tribunado sería sacrosanto, lo cual significa que quien la ocupase estaría protegido de cualquier daño físico, y que tendría el derecho de auxiliar a los plebeyos y rescatarlos del ejercicio del poder de un magistrado patricio (ius auxiliandi).
Más tarde los Tribunos adquirirían un poder mucho mayor a través de la concesión del ius intercessionis, que les daba el poder de veto sobre cualquier ley o propuesta de cualquier magistrado, incluyendo los cónsules. Como representante principal de los plebeyos romanos, se requería que la casa del tribuno estuviera abierta todo el tiempo, día y noche. Los tribunos eran auxiliados en sus funciones por los ediles plebeyos, también elegido por el Consejo de la plebe por un año.
Los tribunos de la plebe tenían poder para permitir a un plebeyo evitar el servicio militar, para impedir que un plebeyo fuese arrestado por deudas, y para demandar a cualquier ciudadano romano, incluyendo a los cónsules y altos magistrados hasta entonces exentos de responsabilidad en el ejercicio de su cargo. También tenían autoridad para cumplir el derecho de provocatio ad populum, un antecesor del actual habeas corpus. Todo ciudadano podía apelar las decisiones de un magistrado ante un tribuno de la plebe gritando “¡Provoco te ego!”. El tribuno debía analizar el caso y determinar la legalidad de la decisión del magistrado.
El tribuno también tenía poder para ejercitar la pena capital sobre cualquier persona que interfiriese en el ejercicio de sus actividades. El carácter sacrosanto del Tribuno se reforzaba mediante un juramento solemne de todos los plebeyos de matar a cualquier persona que dañase a un Tribuno durante sus actividades. El Tribuno era la única persona con poder para convocar el Consejo de la plebe y presidirlo, siendo el único con capacidad para proponer legislación (plabiscitos) al Consejo. El Tribuno también podía convocar al Senado y presentar propuestas en esa institución. 
Lucio Cornelio Sila, como dictador, recortó severamente los poderes de los tribunos de la Plebe, eliminando su poder de veto y su capacidad de proponer leyes al Consejo sin el consentimiento del Senado. Más tarde el Tribunado fue restaurado en su poder anterior, durante el consulado de Craso y Pompeyo. 
A través de la historia de la república y hasta su caída, hubo importantes personajes que utilizaron a los tribunos para su gloria y ganancia personal. Clodio y Milón, por ejemplo, fueron tribunos que utilizaron la violencia en el Consejo y en las calles para conseguir lo que les solicitaban Pompeyo y Julio César. Cuando el Senado denegaba alguna solicitud, como por ejemplo tierra para los veteranos de Pompeyo o una prolongación del gobierno en la Galia para César, se acudía a los tribunos y se buscaba conseguirlo a través del Consejo.
El primer emperador romano, César Augusto, recibió todos los poderes del tribunado de la plebe sin ostentar formalmente el puesto (tribunicia potestas). Ésta formaba una de las bases en las que Augusto basaba su autoridad. Le daba el derecho de veto y la autoridad para convocar el Senado. También se convertía en una figura sacrosanta y podía ejercer la pena capital en el ejercicio de sus deberes. La mayoría de los reinados de los emperadores comienzan con la asunción de la autoridad del tribuno de la plebe, aunque algunos emperadores la recibieron ya durante el reinado de su antecesor.


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