domingo, 19 de octubre de 2014

Instituciones de la República Romana IV: El Senado

Sin duda alguna, la institución política de mayor importancia dentro del sistema constitucional de la República Romana fue el Senado. No en vano las legiones portaban en sus estandartes la sigla SPQR, Senatus Populusque Romanus, cuya traducción era precisamente “El Senado y el Pueblo Romano”. El poder y la autoridad del Senado se basaban en el precedente, la alta calidad y prestigio de los senadores, y el linaje ininterrumpido del Senado, que se remontaba a la fundación de la República en el año 509 a. C., e incluso antes, durante el tiempo de la monarquía. De acuerdo con el historiador griego Polibio, mientras que los cónsules dirigían los ejércitos y el gobierno civil de Roma, y los comicios la legislación y los procesos penales, el Senado era la máxima autoridad en hacienda, administración y política exterior.

El nombre de Senado proviene del latín senex, senis, anciano. Los miembros del Senado, los senadores, no eran elegidos por voto popular, sino por los cónsules, en un principio, y posteriormente por los censores, que tenían también el poder de expulsar a alguien del Senado. Después que un magistrado había cumplido su mandato, usualmente era nombrado en forma automática miembro del Senado. Este nombramiento era vitalicio, excepto en el caso de expulsión por parte del censor.

El Senado tenía un enorme poder sobre el gobierno civil, especialmente el caso con respecto a la gestión de finanzas estatales, ya que sólo el senado podía autorizar el desembolso de fondos públicos. El Senado aprobaba decretos llamados senatus consultum, que oficialmente eran un "consejo" del Senado a un magistrado. Aunque estos decretos no tenían porque ser obedecidos, en la práctica, por lo general lo eran. Durante una emergencia, solo el Senado podía autorizar el nombramiento de un dictador. El último dictador ordinario, sin embargo, fue nombrado en el año 202 a. C. Después del 202 a. C., el Senado respondía a emergencias aprobando un senatus consultum ultimum ("Decreto Último del Senado"), que suspendía el gobierno civil otorgando al cónsul poderes extraordinarios.


Las reuniones del Senado usualmente comenzaban al amanecer, aunque de vez en cuando ciertos eventos (como las fiestas) podían retrasar el comienzo de la reunión. Un magistrado que deseaba convocar al Senado emitía una orden obligatoria (un cogere), y los senadores podían ser castigados sí no se presentaban sin una causa razonable. Las reuniones eran públicas ya que las puertas quedaban abiertas, lo que permitía que las personas entraran o vieran lo que acontecía en el interior.

El Senado era dirigido por un magistrado presidente, quien usualmente era un Cónsul o, sí el cónsul no estaba disponible, un pretor. Este iniciaba la sesión con un discurso invitando a los senadores a analizar un tema. Entonces cedía la palabra a los senadores, que daban su opinión comenzando por el mayor antigüedad y rango (el princeps senatus), y terminando por los más jóvenes, en orden de antigüedad. Todos los senadores tenían que hablar antes de que se pudiera votar, y dado que todas las reuniones tenían que terminar al caer la noche, un senador podía hablar para llevar la propuesta al fracaso (una maniobra obstruccionista o diem consumere) sí ellos seguían con el debate hasta la noche. Estas y otras maniobras obstruccionistas eran muy comunes en el Senado. Se sabe, por ejemplo, que el senador Catón el Joven bloqueó una vez un intento de evitar que el Senado le concediera a Julio César una ley que le hubiera dado tierra a los veteranos de Pompeyo Magno, hablando hasta la caída de la noche.

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